Darío, Los estatutos de la Iº Internacional Obrera especificaron que el derecho de autodeterminación correspondía a la clase trabajadora de los Estados-nación, como España, Alemania o los EEUU, y no a las «nacionalidades históricas», como los bretones, los catalanes o los escoceses. Por otra parte, tal derecho tenía que ver con la capacidad de elegir la forma de gobierno y no con la secesión de determinados territorios. Lenin, por su parte, consideró que el principio autodeterminista era aplicable con las colonias o con aquellos países sojuzgados por otros, pero no en los casos de los Estados-nación de Europa occidental -donde tales revoluciones nacionales ya se habían producido en el siglo XIX. Rosa Luxemburg fue más lejos y negó el derecho de autodeterminación sistemáticamente, al entenderlo como un posicionamiento liberal propio de la burguesía. Nosotros, Darío, somos socialistas internacionalistas y partimos de las bases teóricas que te acabo de mencionar. No somos ni jacobinos ni nacionalistas españoles de ningún tipo.